COMUNICADO 001-2014
A nuestros agremiados:
En vista de las cartas notariales dirigidas a la Decana Nacional, solicitando el acta de la Asamblea General Ordinaria (AGO) del 28 de marzo de 2014 y las solicitudes personales y telefónicas para que se informe sobre el Proyecto de Ley 3164/2013 presentado al Congreso de la República por el Consejo Nacional, se hacen las siguientes precisiones:
I. De la Asamblea General Ordinaria
La AGO del 28 de marzo de 2014 no ha culminado; ha sido suspendida hasta el 26 de abril de 2014. Los temas de agenda pendientes son: lectura de la Memoria Anual 2013 de la Decana Nacional y aprobación del Plan Anual 2014.
El acta de la Asamblea General Ordinaria (AGO) será elaborada a su culminación como acta única.
II. Del Proyecto de Ley
El Consejo Nacional habiendo experimentado repetidamente a lo largo del año 2013 la situación actual que afecta a la Traducción Certificada de los Traductores Colegiados, que no se reconoce ni acepta en todas las instituciones del Estado Peruano porque solo se aceptan Traducciones Oficiales, consideró necesario e imperioso presentar al Congreso de la República un Proyecto de Ley que permitiese con un sentido de justicia e inclusión la participación de los Traductores Colegiados en el mercado peruano de la traducción de documentos para trámites relacionados con el Estado, que redundaría en el ejercicio pleno de la profesión, y por ende en oportunidades de trabajo para los Colegiados; cumpliendo de esta manera con una de sus responsabilidades, que es el de velar por que las autoridades competentes observen las garantías y derechos que correspondan a los Traductores Colegiados en el ejercicio pleno de su profesión.
Este proyecto solo adiciona dos artículos a nuestra Ley de Creación del Colegio de Traductores del Perú No. 26684:
1. Colegiación obligatoria para garantizar el ejercicio profesional de sus agremiados, y
2. Aceptación de las Traducciones Certificadas del CTP de manera plena e irrestricta por cualquier entidad del Estado.
El Proyecto de Ley fue presentado el 27 de diciembre de 2013 y recién aceptado en febrero de 2014 para su pase a Comisión, por lo que el Consejo Nacional en la AGO de marzo 2014 informaría a los colegiados respecto al proyecto de ley; lo que lamentablemente no se pudo realizar por circunstancias ajenas al Consejo Nacional.
III. De la información tergiversada respecto al Proyecto de Ley
En los últimos días se han venido suscitando una serie de especulaciones y rumores en torno al contenido del Proyecto Ley, por lo que es necesario reiterar lo siguiente:
El Proyecto de Ley 3164/2013 PRETENDE:
- Colegiación obligatoria para que se logre el reconocimiento pleno de nuestra profesión y se garantice el ejercicio profesional de los traductores colegiados.
- Que las traducciones de los Traductores Colegiados Certificados sean aceptadas plena e irrestrictamente por todas las instituciones del Estado Peruano, lo que en la actualidad no ocurre.
El Proyecto de Ley NO PRETENDE:
- Obligar a los Licenciados en Traducción y a los Licenciados en Traducción e Interpretación a colegiarse si no lo desean, ya que la obligatoriedad solo se daría para los que deseen hacer Traducciones Certificadas que sean reconocidas por todas las entidades del Estado Peruano.
- Convertir al Traductor Colegiado en Traductor Público Juramentado (TPJ) ni obligarlo a regirse por su normativa.
- Obligar a los Traductores Colegiados que realicen Traducciones Certificadas si no lo desean.
- Fiscalizar la labor profesional de los colegiados ya que cada uno es responsable del ejercicio de la profesión y la calidad de su trabajo.
El Colegio de Traductores del Perú es la institución representativa de los Licenciados en Traducción y de los Licenciados en Traducción e Interpretación, que busca el beneficio de sus agremiados y los respalda en el ejercicio de su profesión y, en cumplimiento de esa misión, el Consejo Nacional vio por conveniente la presentación del Proyecto de Ley 3164/2013 por cuanto es necesario que se respete y acepte el trabajo de todos sus agremiados a nivel nacional y sin restricción alguna.
En este link podrá encontrar el Proyecto de Ley completo:
http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/CLProLey2011.nsf
Lic. Sandra Capcha Hermoza
Decana Nacional
Colegio de Traductores del Perú